Asimismo se prohibieron diversos productos médicos hallados en el domicilio de la firma.
ANMAT informa que, a partir de la Disposición Nº 2341/26, se ordenó suspender el Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Fabricación de Productos Médicos y Productos para Diagnóstico de Uso In Vitro a la firma ELECTRON PLAST S.A. (CUIT N° 30-51634728-3), al mismo tiempo que se le prohibió la comercialización y distribución con destino al tránsito interjurisdiccional de cualquier producto médico de terceros, hasta tanto se habilite en los términos de la Disposición ANMAT N° 6052/13.
Por otro lado, se ordenó también el uso, comercialización y distribución de los siguientes productos:
- STEAM INDICATOR TAPE – ELECTROLINE – ITEM SIZE 19 mm X 50 m – BATCH N° 2025061001 – DATE of Manufacture – 2025.06.10 / Expiry Date 2028.06.09.
- Bolsas de papel rotuladas como: “Electroline – CE ISO 11607-1 – EN868-4 FDA – A – 90 x50x150 – No usar si el envoltorio o el sello están dañados – Negro procesado al vapor”.
- Bobina de material pouch con impresión en sus laterales que indican “Electroline – Medida size 600 mm x 200 m – LOT 2025052501 – FORM procesado por formaldheyde vira a verde – STERILE OE procesado por OE vira a amarillo – STEAM procesado por vapor vira a Negro».
- Bobina con material pouch con impresión en sus laterales que indican “Electroline – Medida size 150 mm x 200 m – LOT 2025081001- FORM procesado por formaldheyde vira a verde – STERILE OE procesado por OE vira a amarillo – STEAM procesado por vapor vira a Negro».
La medida fue tomada luego de una denuncia realizada por la firma EFELAB S.R.L. informando que había detectado maniobras irregulares y reiteradas en procesos licitatorios públicos, principalmente en el ámbito hospitalario, que involucraban ofertas de productos bajo la marca EFELAB bajo los números de PM 1197-0 y PM 1197-00, aunque no existe ningún producto médico registrado de esa manera.
La firma denunciante aportó como pruebas pliegos de licitación pertenecientes a la firma ELECTRON PLAST S.A. Luego de una inspección realizada en el domicilio legal de la empresa se constató que la firma solo contaba con habilitación municipal.
Allí se observó también la presencia de los productos médicos arriba mencionados, que se trataban de productos importados pertenecientes a la familia de “indicadores químicos”, registrados bajo el número PM 3037-1 de la marca «ANQING KANGMINGNA». Sin embargo, en el rótulo de los mismos figuraba la marca «ELECTROLINE», ya que la firma ELECTRON PLAST S.A. solicitó al fabricante en China que utilice este último como nombre de fantasía en el rótulo.
Utilizar una marca no declarada no permite determinar el origen de este nuevo producto, ya que no consta en ninguna documentación de autorización para la nueva denominación y resulta ser en consecuencia un producto ilegítimo.
Por otro lado, se verificó que la firma ELECTRON PLAST SA realizó ventas de bobinas de papel/pouch, bobinas Kraft, bobinas Tyvek, tiras de glucosa, glucómetros y bobinas plegables s/fuelle a diversos domicilios en C.A.B.A. y otras provincias, sin contar con la habilitación para realizar tránsito interjurisdiccional de productos médicos.
En consecuencia, esta Administración Nacional ordenó a la firma ELECTRON PLAST S.A. el recupero del mercado de los productos mencionados e instruyó a la misma a sumario sanitario con el objetivo de proteger la salud de la población.
