Nuevas precisiones para intermediarios y proveedores en ventas electrónicas: mayor trazabilidad y claridad en el ingreso del impuesto
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la Resolución General 5794/2025 mediante la cual introduce modificaciones al régimen especial de percepción e ingreso del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a operaciones de venta de bienes, locaciones y prestaciones de servicios concertadas por medios electrónicos a través de plataformas digitales.
La norma actualiza la Resolución General 5319 y busca precisar el alcance operativo de los sujetos obligados —intermediarios, marketplaces y proveedores— y establecer criterios más claros para la determinación, percepción y declaración del tributo en el entorno digital.
Entre los principales cambios se destacan:
- Obligación expresa de registrar todas las operaciones en los sistemas informáticos habilitados por ARCA para garantizar trazabilidad y control.
- Refuerzo de los mecanismos de retención y depósito del IVA por parte de las plataformas que faciliten, publiciten o intermedien transacciones electrónicas.
- Detalle técnico en el anexo de la resolución con parámetros de cálculo, plazos y procedimientos específicos para el ingreso del impuesto.
La medida se enmarca en las facultades de fiscalización y recaudación de ARCA y responde a la necesidad de adaptar la normativa a la creciente digitalización del comercio, donde las transacciones electrónicas representan ya más del 25 % del consumo minorista según estimaciones oficiales.
Desde el organismo destacaron que la actualización no implica nuevos impuestos ni alícuotas, sino una mayor eficiencia en la recaudación y reducción de evasión en el ecosistema digital, alineándose con estándares internacionales de tributación de la economía de plataformas.
La resolución entra en vigencia según lo dispuesto en su anexo y será de aplicación obligatoria para todas las plataformas y proveedores que operen en el territorio nacional.
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